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Diputados aprueban proyecto que prohíbe publicidad de plataformas de apuestas en línea

El proyecto propone prohibir la relación comercial de entidades deportivas y sus miembros con casas de apuestas en línea.

Este miércoles se llevó a cabo la votación en la Cámara de Diputados del proyecto de ley que pretende poner límite a la publicidad de plataformas de apuestas online en nuestro país.

El proyecto en general contó con el respaldo de 118 diputados, frente a un voto en contra y ocho abstenciones, por lo que será discutido en particular en la Comisión de Deportes, ya que parlamentarios presentaron indicaciones.

La iniciativa de ley busca «desvincular la relación comercial entre las actividades deportivas y las casas de apuesta online, en razón de su ilegalidad, particularmente, mediante la prohibición de publicidad en eventos y clubes deportivos».

De acuerdo con el diputado Marco Antonio Sulantay (UDI), «no es aceptable que las ganancias millonarias que producen las plataforma de apuestas, que entre paréntesis son ilegales en Chile, dependan de los resultados de sus clientes, que en este caso son los clubes deportivos que tiene contratos firmados de publicidad».

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Implicancias de la ley

En detalle, el proyecto «prohíbe la celebración de cualquier tipo de acto o contrato, civil o comercial, sea a título oneroso o gratuito, entre empresas y/o sus representantes, cuyo giro consista en la operación de plataformas de apuestas en línea«.

Esto aplicaría a organizaciones deportivas, ya sean clubes, asociaciones, federaciones, sociedades anónimas, corporaciones, fundaciones, fondos deportivos, concesionarias e instituciones, cualquiera sea su disciplina. En caso de infracción, se sancionaría con una multa de 150 a 2 mil UTM.

Además, aclara que no se podrá pertenecer al directorio de una las entidades deportivas quienes posean participación en plataformas de apuestas en línea. Ante esto, se multaría con 150 a 500 UTM.

Simultáneamente, la iniciativa prohíbe la publicidad y patrocinio de plataformas de apuestas en línea, cualquiera sea su medio o soporte, así como horario o evento.

En esa línea, la restricción aplica a todo tipo de vestimenta, indumentaria o equipamiento de deportistas o integrantes de las organizaciones deportivas. Esto aplica de igual forma a los recintos de entrenamientos o de competencias.

En caso de aprobarse y promulgarse el proyecto, deben existir 12 meses de plazo para concluir los contratos firmados con este tipo de empresas.

 

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