Llaman a aprobar el proyecto que aumenta las penas por el uso de explosivos en la actividad pesquera
La iniciativa pasó a Comisión Mixta tras el rechazo a uno de los cambios en la Cámara baja, relativo al daño en recursos sobreexplotados.
La presidenta de la Comisión de Pesca de la Cámara de Diputados María Candelaria Acevedo (PC) valoró positivamente el proyecto de Ley que aumenta las penas en contra de quienes usen explosivos en actividades de pesca.
El proyecto fue aprobado en general con 135 votos a favor en la Cámara de Diputados, no obstante, algunos de sus artículos que emanaron del Senado fueron rechazados, por lo que pasó a Comisión Mixta para su discusión particular.
A pesar de que el uso de material explosivo se encuentra prohibido hace décadas, sigue siendo un método para la extracción pesquera, por lo que esta iniciativa busca desincentivar su uso.
La congresista agregó que «es fundamental que estas penas puedan ser mayores, ya que esta práctica le hace un daño enorme a los ecosistemas marinos».
De acuerdo con Acevedo, la pena actualmente va de los «541 días a 3 años, aumentando a un grado más, partiendo de los 541 días, hasta los 5 años», por lo que la iniciativa busca endurecer las condenas.
Aumento de sanciones
En concreto, el proyecto plantea que se endurezcan las sanciones para quienes realicen pesca extractiva con elementos explosivos o tóxicos que provoquen daño a especies hidrobiológicas o a su medioambiente.
La actual pena de presidio menor en su grado medio -de 541 días a 3 años- aumenta a presidio menor en su grado medio a máximo, es decir, de 541 días a 5 años.
Del mismo modo, aplicará para quienes practiquen con este método la pesca recreativa, causando daños al medio ambiente. En caso de usar armas de fuego o electricidad, la pena se aplicará disminuida en un grado.
A su vez, se mantiene la multa de 50 a 300 UTM, pero se duplica en caso de reincidencia. En caso de no comprobarse el daño a especies hidrobiológicas o a su medio ambiente, se aplicará presidio menor en su grado mínimo.
Finalmente, se sanciona al que comercie, procese, elabore, transporte o almacene a título oneroso, recursos hidrobiológicos capturados o extraídos mediante el uso de explosivos o tóxicos.
En este caso, la pena será de presidio menor en su grado mínimo a medio (de 61 días a 3 años) y multa de 10 a 100 UTM, la que podrá duplicarse en caso de reincidir en el delito.
Lee también: