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Condenan a tres ejecutivos de ENAP por episodio de contaminación en 2018: arriesgan 3 años de cárcel

Los ejecutivos pertenecen a la división de Aconcagua de la empresa estatal. Los imputados en el Biobío fueron absueltos.

Este viernes se dio a conocer el veredicto judicial en el controvertido proceso por el caso crudo Iraní, el que provocó numerosas intoxicaciones en las comunas de Talcahuano, Quintero y Puchuncaví a causa de operaciones de la Empresa Nacional del Petróleo.

El Tribunal Oral en lo Penal de Concepción resolvió condenar a tres ejecutivos y absolver a otros tres por el delito de propagación de sustancias peligrosas.

De esta forma, el gerente Edmundo Piraino, el director de Proyectos Juan Pablo Rhodes y el ingeniero de Procesos Carlos Lizana fueron encontrados culpables del delito contemplado en la ley sobre manejo de residuos peligrosos, todos ellos pertenecientes a la división ENAP Aconcagua,

Mientras tanto, el veredicto del tribunal determinó absolver de los cargos a todos los imputados de la causa en la zona, el gerente Álvaro Hillens, la directora de Proyectos Patricia Cabalá y el jefe del Área Marítima Jorge Farías, todos pertenecientes a ENAP Biobío

Sobre esto, la fiscal Ana María Aldana del Biobío manifestó que «creemos que es una condena inédita, que además da respuesta de manera contundente a lo que la comunidad, entendemos, buscaba».

«Las penas que estamos pidiendo son las máximas que nos permite la ley, que son tres años para cada uno de los acusados, los cuales corresponde a personas con cargos gerenciales y que, entendemos, tenían responsabilidades, y así lo reconoció el tribunal«, añadió.

En detalle, el fallo concluyó que existió un mal manejo de residuos, que fue depositado por largos días en piscinas al interior de uno del Terminal Marítimo de Quintero, y por acción del viento, la sustancia afectó a la comunidad de las ciudades mencionadas.

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