LPEM Noticias

Noticias y Actualidad de Biobío y Ñuble

Actualidad Destacados Nacional

A partir de hoy rigen las nuevas modificaciones a la Ley del Tránsito: incluye nuevas obligaciones y sanciones

Conductores que no cumplan la nueva norma arriesgan multas cercanas a los 6 millones de pesos.

Este viernes empieza a regir para todo el país la tercera etapa de la nueva Ley de Tránsito, que busca prevenir el robo y venta de vehículos sustraídos, junto con reforzar la seguridad vial y elevar las penas de delitos relacionados, además de sancionar a conductores sin documentación vigente o sin patente.

La ley fue promulgada durante el mes de septiembre por el Presidente Boric tras su aprobación en el Congreso Nacional. La nueva norma implica que a partir de este día serán retirados de las calles los vehículos que:

  • transiten sin el permiso de circulación vigente,
  • sin el certificado vigente del seguro obligatorio de accidentes personales,
  • sin el certificado de revisión técnica al día o sin contar con el certificado de homologación individual,
  • o que circulen con placa patente oculta, en mal estado o con el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor adulterados o borrados.

La nueva norma también prohíbe la venta y carga de combustible a los vehículos motorizados que no cuenten con placa patente, lo que de ahora en adelante será considerado «falta gravísima» en el Código Penal. El incumplimiento será castigado con una multa de 10 a 100 UTM (hasta 6,3 millones de pesos), la que se aplicará al concesionario o dueño de la estación de servicio.

En cuanto a los vehículos robados, la norma establece sanciones como presidio menor en su grado medio a máximo y la suspensión de la licencia de conducir o inhabilidad para obtenerla por 5 años,

En caso de ser sorprendido conduciendo un vehículo con placas patente falsas, adulteradas o que correspondan a otro vehículo, la sanción será de una multa que va desde las 50 hasta las 100 UTM (hasta 6.3 millones de pesos).

Junto a ello, el Código Penal incluirá agravantes para delitos de robo y hurto que se ejecuten utilizando vehículos motorizados sin placa patente o con vidrios oscuros o polarizados.

Resta la cuarta etapa de la Ley del Tránsito, que consiste en la obligación grabar las patentes para todos los vehículos, que en caso contrario se sancionará a los conductores, propietarios o comercializadores que no obedezcan el mandato.

El Ministerio de Transportes cuenta con un plazo de seis meses para dictar el reglamento de aplicación. Luego, las automotoras dispondrán de cuatro meses para adecuarse y comercializar sólo autos nuevos con vidrios y espejos ya marcados, mientras que los dueños tendrán 12 meses para cumplir con el grabado obligatorio.

Lee también:

DEJA UNA RESPUESTA

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *