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Corte Suprema revocó libertad condicional de Celestino Córdova

El máximo tribunal estableció que no cumple con los requisitos establecidos por la Comisión de Libertad Condicional de La Araucanía para recibir este beneficio.

La Corte Suprema revocó este lunes la libertad condicional de Celestino Córdova, quién se encontraba fuera de la cárcel desde la semana pasada por determinación de la Corte de Apelaciones de Temuco.

En fallo dividido, el máximo tribunal decidió que este regrese al Centro de Estudio y Trabajo (CET) de Vilcún, donde permanecía cumpliendo la pena de 18 años de presidio como coautor del delito consumado de incendio con resultado de muerte del matrimonio Luchsinger-Mackay.

El comunero había recibido el beneficio por parte de la Comisión de Libertad Condicional de la Araucanía, después de que la Corte de Apelaciones de Temuco acogiera el recurso de amparo de su defensa y anulara la resolución anterior de la referida instancia.

«Se revoca la sentencia apelada el 30 de diciembre de 2023, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, y en su lugar, se declara que se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Celestino Cerafín Córdova Tránsito», expuso el máximo tribunal del país.

Esta decisión se conoció tres horas después de que los ministros escucharan los argumentos de las partes involucradas en el caso: el Gobierno, representado por un abogado de la delegación presidencial de La Araucanía, y los hijos de las víctimas, representados por el abogado Carlos Tenorio, por un lado; y la defensa de Córdova por otro.

En el documento, la Suprema afirmó que el condenado no cumple con los requisitos establecidos por dicha comisión para entregar este beneficio, entre ellos, «el informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería», que estableció que Córdova «no satisface el requisito» para optar la libertad condicional.

«Respecto de evaluación especializada y según informe pericial psicológico, el usuario no presenta autoría como tampoco conciencia del delito ni del mal ocasionado con su conducta, destacando que no presenta rasgos ni características de un trastorno psicopático», asegura el tribunal.

«Mantiene un relato estructurado respecto del delito sin observarse variaciones en torno a esta temática, como tampoco culpa respecto del delito por el cual cumple condena. Sin embargo, presenta un rechazo explícito de las conductas de transgresión a las normas vigentes», detalló el fallo.

La resolución fue valorada por el abogado de la familia Luchsinger-Mackay, Carlos Tenorio, quién destacó que «el máximo tribunal del país, tras escuchar a las partes, procedió a revocar» la libertad de Córdova, que ahora debe volver a la cárcel.

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